Obtención del título licencia de operación y renovación
Artículo 44 del reglamento de la Ley 495, “Ley General de Turismo”
De cara a la obtención del título licencia de operación y renovación del mismo, el Instituto Nicaragüense de Turismo hace el llamado a todas las actividades turísticas contempladas en el artículo 44 del reglamento de la Ley 495, “Ley General de Turismo” a que se acerquen a las delegaciones departamentales de Intur de su circunscripción para que realicen la renovación u obtención correspondiente, en los primeros tres meses del año 2022, de conformidad con el artículo 51 del reglamento de la misma legislación.
El Instituto Nicaragüense de Turismo, es el órgano rector, encargado de incentivar el desarrollo de la industria turística, para contribuir con el crecimiento económico y desarrollo social del país, correspondiéndole clasificar, inspeccionar, registrar y autorizar el funcionamiento de las empresas de la industria turística, quienes requieren contar con el respectivo Título Licencia para poder operar. Así mismo, autorizar las tarifas máximas de aquellas empresas consideradas de servicios turísticos, contempladas en el artículo 29 de la Ley 298.
La presente modificación del sistema tarifario es de conformidad a las atribuciones concedías al INTUR en la Ley No. 298, “Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo”, la que contempla en el Capítulo I, Constitución, objetivos y funciones principales, artículo 6, de las funciones y atribuciones principales: numeral 6) Autorizar las tarifas máximas de aquellas empresas consideradas como de servicios de industria turística detallada taxativamente en el Artículo 29 de la presente Ley, de conformidad a su categoría y calidad.
Las presentes disposiciones son de ineludible cumplimiento.
Tarifas oficiales por licencia de operación anual para el año 2023
Las actividades turísticas son:
hospederías
restaurantes
cafeterías
bares
discotecas
centros recreativos
clubes nocturnos
agencias de viajes
operadoras de viajes
transportes turísticos terrestres,acuáticos y aéreos
guías turísticos
centros de ventas de artesanías
obras de artes
arrendamientos de vehículos terrestres y acuáticos
centros de convenciones
actividades conexas al turismo.
Formulario para la otención de título - licencia
Descargar el formulario, llenarlo y llevarlo a la delegación departamental donde se ubica su negocio con los requisitos solicitados.
Requisitos para tramites de licencia

Contacto delegaciones departamentales
BOACO

Cra. Nancy Jarquín Solano
De la Alcaldía Municipal de Boaco 20 vrs al este, contiguo a Posada San Francisco.
CHONTALES

Cro. Marlon Vargas Amador
Dirección: De la Biblioteca Municipal 1 c al este, 1.5 c al norte, Juigalpa, Chontales.
CARAZO

Cra. Erlinda Oliveth Godines Doña
Dirección: Del PALÍ ½ cuadra al sur, Mercado de Artesanías Xilotepelth. Jinotepe, Carazo.
CHINANDEGA

GRANADA

JINOTEGA

LEÓN

Cra. Teresa Ramírez
Dirección: Pasarela Universitaria 75 vrs al norte, Contiguo a Pizza Roma, León.
MADRIZ

MASAYA

Cra. Laura Zepeda Carballo
Dirección: Semáforos del Colegio Bautista ½ cuadra al este, Barrio El Calvario
Nueva Segovia

RACCN

Cro. Willard Green
Dirección: Barrio Pedro Joaquín Chamorro, contiguo a Puerto Visión. Bilwi.
Río San Juan

Cra. Jogeny Reyes Obando
Dirección: Edificio de Autoridades Alejandro Guevara Silva, Malecón de San Carlos
Rivas

Cra. María Rogelia Santana
Dirección: De la Universidad Internacional de Agricultura y Ganaderia 50 vrs al este. Rivas.