Obtención del título licencia de operación y renovación
De cara a la obtención del título licencia de operación y renovación del mismo, el Instituto Nicaragüense de Turismo hace el llamado a todas las actividades turísticas contempladas en los artículos 22 y 30 de la Ley 1210 y los contenidos en los artículos 11 al 28 del reglamento a la Ley 1210, “Ley General de Turismo” a que se acerquen a las delegaciones departamentales de Intur de su circunscripción para que realicen la renovación u obtención correspondiente, en los primeros tres meses del año, de conformidad con el artículo 38 del reglamento de la misma legislación.
El Instituto Nicaragüense de Turismo, es el órgano rector, encargado de incentivar el desarrollo de la industria turística, para contribuir con el crecimiento económico y desarrollo social del país, correspondiéndole clasificar, inspeccionar, registrar y autorizar el funcionamiento de las empresas de la industria turística, quienes requieren contar con el respectivo Título Licencia para poder operar. Así mismo, autorizar las tarifas máximas de aquellas empresas consideradas de servicios turísticos, contempladas en el artículo 39 del reglamento de la Ley 1210.
Tarifas oficiales por licencia de operación anual para el año 2025
Las actividades turísticas son:
Formulario para la obtención de título – licencia