Atención y Protección al Turista

Atención y Protección al Turista

El Departamento de Atención y Protección al Turista tiene como finalidad brindar y adoptar mecanismos de información, atención y protección del turista, así como contribuir con el desarrollo de la actividad turística en un destino teniendo como primer factor a garantizar, la SEGURIDAD, vista de forma integral.

Se trabajará en la creación y definición de un conjunto de estrategias y acciones para innovar, crear y dar seguimiento a los diferentes programas, proyectos, entre otros, que están vinculados con la Protección y Seguridad de los Turistas, con la integración y estrecha coordinación de los diferentes actores, entre los que tenemos instituciones públicas y privadas, autoridades del país (policía, ejercito, aduanas, migración, etc.), así como con los diferentes poderes del Estado, que contribuyan a la creación, fomento y garantía de las condiciones de seguridad de Nicaragua.

Objetivo:

Coordinar acciones y estrategias en materia de información, asistencia, auxilio y protección al turista, mediante la producción, sistematización y difusión de la información en materia de servicios al turista y la provisión de medios de auxilio y protección, en coordinación con los gobiernos locales, que permitan incrementar el flujo y permanencia de turistas en el país.

Funciones:

1.    Establecer y coordinar las políticas destinadas a la asistencia, orientación, información, atención y auxilio y protección de los turistas nacionales y extranjeros.

2.    Proponer los mecanismos y creación de organismos, a nivel local y regional, que considere pertinentes para obtener recursos económicos y materiales necesarios para cumplir con los objetivos y funciones que tiene encomendados.

3.    Coordinar la instrumentación y vigilancia de las medidas de asistencia, auxilio y protección a los turistas.

4.    Establecer la coordinación que se requiera con otras autoridades e instituciones para auxiliar a los turistas en casos de emergencia y desastres.

5.    Verificar, en coordinación con el departamento de registro y calidad turística, que los usuarios de servicios turísticos, obtenga información comprensible, veraz, objetiva, exacta y completa sobre todas y cada una de las condiciones, precios y facilidades ofrecidas por los prestadores de servicios y que reciban de éstos calidad sobre la base de los precios contratados, de conformidad a la categoría de establecimiento, así como que gocen de tranquilidad, intimidad y seguridad personal y de sus bienes.

6.    Informar a los usuarios de servicios turísticos sobre sus derechos y obligaciones, así como sobre los procedimientos de denuncia relacionados a cualquier hecho irregular, cuya responsabilidad atribuyan a los prestadores de servicios turísticos.

7.    Atender y tramitar las quejas, reclamos y denuncias relacionados con la prestación del servicio turístico conforme a Ley y proveer respuestas oportunas y adecuadas de acuerdo a los procedimientos establecidos.

8.    Coordinar con las delegaciones departamentales del INTUR, las Oficinas de Defensa del Consumidor del INTUR, o las redes de Defensa de los Consumidores de las Asociaciones Civiles, así como por las Misiones Diplomáticas o Consulares de la República de Nicaragua ubicadas en el extranjero (cuando el turista reside en el extranjero), la recepción de las denuncias hechas por el usuarios de los servicios turísticos u ofrecer facilidades para la presentación de las denuncias por un medio electrónico, si así lo desea el afectado.

9.    Aplicar los procedimientos establecidos de mediación o arbitraje, plazos y mecanismos para hacer efectivo los reembolsos a los turistas en caso se comprobasen los hechos originados en la denuncia.

10.    Aplicar las sanciones establecidas en los reglamentos a los prestadores de servicios turísticos que hayan cometido infracciones administrativas.

11.    Coordinar con el Ministerio de Gobernación, la Policía Nacional, los Gobiernos Regionales (RAAN – RAAS) y municipales el desarrollo de las acciones de la Policía Turística, con el fin de fortalecer la protección a los turistas, sus bienes, así como de los atractivos turísticos, de conformidad a los instrumentos legales establecidos para tal efecto.

12.    Fomentar la creación de instancias interinstitucionales de coordinación para la atención integral de los turistas.

13.    Realizar las demás funciones de su competencia que le asigne la superioridad.

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